domingo, 13 de mayo de 2018

Respuesta del Ayuntamiento de Sevilla al Defensor del Pueblo ante la falta de accesibilidad en la Velá de Santa Ana de 2017

El pasado julio de 2017 denunciamos ante la oficina de accesibilidad del Ayuntamiento de Sevilla la falta de accesibilidad en relación al aseo "adaptado" existente y a día de hoy aún no tenemos respuesta.
Cuando esto sucedió en la velá de Santa Ana de 2017, varias personas y asociaciones denunciamos el caso usando el canal 010 y recibimos la siguiente contestación del Área de Participación Ciudadana y Coordinación de Distritos (por cierto, nos llama la atención que en ella no se identifique ninguna persona física autora de la respuesta), en las que resumiendo su breve respuesta se nos decía que no se iba a volver a repetir, pero solo tuvimos que esperar hasta la velá de San Miguel para comprobar que nos mintieron. (adjuntamos foto de la respuesta)

También lo denunciamos ante el Defensor del Pueblo Andaluz que admitió la denuncia y pidió información al Ayuntamiento, el que, según el artículo 18.1 de la Ley del Defensor del Pueblo Andaluz, disponía de un plazo de 15 días para responder a la queja. El ayuntamiento ha tardado casi 10 meses en responderle (se han pasado solo un pelín de plazo) y lo mas sorprendente ha sido su respuesta, que nos ha proporcionado el Defensor del Pueblo Andaluz, al que agradecemos la gestión.

Una vez analizada la respuesta del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, queremos manifestar nuestra profunda indignación, así como el enorme sentimiento de desamparo y desprotección que experimentamos al leer una respuesta, que viene firmada por D. Juan Espadas, D. Antonio Muñoz, D. Jorge Guzmán, D. Ignacio Pozuelo y Dña Silvia Bravo, en la que resumiendo (aunque no mucho) se limitan a decir algo así como que “en los papeles del expediente ponía que se cumplirían las normas” (se adjunta una imagen con el texto de la respuesta que corresponde a la GMU). En este enlace podéis ver la respuesta completa: https://drive.google.com/…/1hMutmdmOA0rxRtlE_QLSAVCBp…/view…
Casi diez meses esperando para que el Ayuntamiento nos diga que en el expediente de tramitación se recogía que “deberán cumplirse las condiciones de accesibilidad”, eso ya lo sabíamos nosotros hace diez meses. El problema es que no se cumplían ¿nadie verificó una vez instalados los aseos que estos cumplían? ¿nadie comprobó que realmente se alquilaban módulos accesibles? ¿nadie verificó que se colocaba el módulo en un sitio en el que se pudiera acceder mirar la foto y ya nos diréis por dónde entraba una persona en silla de ruedas?...
nada de nada, en la respuesta solo dice que deberían cumplir...

Estamos dejando de creer en las instituciones municipales a pasos agigantados ¿quién vela por el cumplimiento de la normativa de accesibilidad cuando el que tiene encomendada esa responsabilidad manifiesta este desprecio hacia la misma?
te lo volvemos a pedir, por favor difúndelo... que vean que no somos invisibles y que estamos hartos de que se vulneren nuestros derechos, los derechos de todas las personas porque la accesibilidad universal es buena para todas las personas (así lo dice la normativa, se acabó eso de que solo es para personas con diversidad funcional).
Artículo 2.k del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
[“k) Accesibilidad universal: es la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos, instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible. Presupone la estrategia de «diseño universal o diseño para todas las personas», y se entiende sin perjuicio de los ajustes razonables que deban adoptarse. ”]
Y recordamos al Ayuntamiento de Sevilla que en todos los ámbitos de su responsabilidad, la obligación que les alcanza de velar por el cumplimiento de los principios de “accesibilidad universal” y “diseño universal o diseño para todas las personas” establecidos en la normativa vigente, obligación recogida, entre otros, en:
Artículo 9.2 de la Constitución
[“Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud, y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica y social.”]
Artículo 22 del R.D.L 1/2013
[“ (…) los poderes públicos adoptarán las medidas pertinentes para asegurar la accesibilidad universal en igualdad de condiciones con las demás personas(...)”].

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