sábado, 2 de febrero de 2019

Con motivo de la entrega de los Premios Goya en Sevilla, desde la asociación Eliminando Barreras reclamamos más accesibilidad en los cines de la ciudad.

Las personas que formamos Eliminando Barreras nos congratulamos de queSevilla se convierta durante unos días en la meca del cine español, gracias a la celebración de la 33 edición de los Premios Goya en nuestra ciudad, cita que tendrá lugar el próximo 2 de febrero en el Palacio de Congresos y Exposiciones.

Sin embargo, desde nuestra asociación queremos aprovechar el foco mediático suscitado por tal evento para denunciar que algunas personas no pueden elegir libremente dónde y cómo disfrutar del llamado séptimo arte, debido a las exiguas (o directamente ausentes) condiciones de accesibilidad de algunos cines de la ciudad, hecho denunciado en varias ocasiones, y que supone una grave vulneración de derechos, entre ellos, el derecho al ocio y al tiempo libre.

Y sí, no erramos cuando decimos que se trata de un DERECHO.

El ocio es una experiencia humana libre, satisfactoria, un fin en sí misma; se vivencia a través de diferentes ámbitos, como son la cultura, el deporte, la recreación y el turismo. Y en ese sentido, puede entenderse como elemento importante para el desarrollo personal y colectivo y, por tanto, como necesidad y modo de expresión personal; es decir, el ocio favorece la calidad de vida.

Hacer efectivo el Derecho al Ocio significa, entre otras cosas, garantizar la vida comunitaria, el acceso a la cultura, el derecho a la fiesta, a lo lúdico y recreativo, a los espacios naturales y a la acción solidaria.

No en vano, la Declaración Universal de los Derechos Humanos hace una clara referencia al ocio y recoge algunas de sus manifestaciones más significativas, como es el derecho explícito al descanso y al disfrute del tiempo libre (art. 24), o el derecho a tomar parte en la vida cultural de la comunidad y a gozar de las artes (art. 27.1).

Asimismo, a nivel nacional, el Derecho al Ocio y a sus distintas manifestaciones quedan reflejados en el articulado de nuestra Carta Magna, como por ejemplo, el art. 44.1 que señala “los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho”.

En resumen, el ocio es mucho más que cultura, turismo, deporte o recreación, es un derecho humano fundamental. Lo mismo que la accesibilidad universal, entendida como la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible.

Cuando ambos derechos son considerados conjuntamente, se establece una necesaria relación en la que si una no está garantizada, el otro no está al alcance de todas las personas, especialmente de aquellas con algún tipo de discapacidad.

Para evitar esa doble vulneración de derechos, existe un profuso tejido normativo encabezado por la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, cuyos artículos 9 y 30 versan, respectivamente, sobre el derecho a la accesibilidad universal y la participación de las personas con discapacidad en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte. Nunca está de más, cada vez que se hace referencia a este marco normativo internacional, volver a recordar que desde 2008 forma parte del ordenamiento jurídico español, siendo por tanto, de obligado cumplimiento.

En el contexto estatal, el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre pretende garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato, así como el ejercicio real y efectivo de derechos por parte de las personas con discapacidad en igualdad de condicionesrespecto del resto de ciudadanos y ciudadanas, a través de la promoción de la autonomía personal, de la accesibilidad universal, del acceso al empleo, de la inclusión en la comunidad y la vida independiente y de la erradicación de toda forma de DISCRIMINACIÓN. Y para evitar que esa discriminación se deba a la falta de accesibilidad, establecía el pasado 4 de diciembre de 2017 como fecha límite para que todos los espacios, establecimientos y edificios construidos con anterioridad al 2010 realizaran los “ajustes razonables” necesarios para que sean accesibles y por tanto inclusivos.

El cine es cultura y su disfrute una forma de OCIO. Pero algunos cines de nuestra ciudad no son accesibles, ya que las empresas que los gestionan no han acometido las obras para realizar los ajustes razonables tendentes a garantizar la participación en igualdad de condiciones de toda la ciudadanía. Vulneran, por tanto, el derecho al ocio al impedir la libre elección de algunas personas a la hora de decidir dónde y cómo disfrutar del cine.

Ante la perspectiva de la entrega de los Premios Goya en Sevilla, desde Eliminando Barreras nos preguntamos ¿por qué, por ejemplo, algunas personas no podrán ver las películas premiadas en el Avenida 5 Cines, Alameda Multicines o en el Cine Zona Este? ¿o por qué tendrán que hacerlo en condiciones nada cómodas, y que nadie querría para sí, en algunas salas del Nervión Plaza? ¿por qué se permite tal ilegalidad y vulneración de derechos?

Sencillo: porque las administraciones municipal, autonómica y central lo permiten, al no actuar contra los innumerables incumplimientos que en materia de accesibilidad se producen en todos los ámbitos, también en el acceso al ocio y con ello al cine.





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