Las personas que formamos Eliminando Barreras nos congratulamos de
queSevilla se convierta durante unos días en la meca del cine español, gracias
a la celebración de la 33 edición de los Premios Goya en nuestra ciudad, cita que tendrá
lugar el próximo 2 de febrero en el Palacio de Congresos y Exposiciones.
Sin embargo, desde nuestra asociación queremos aprovechar el foco
mediático suscitado por tal evento para denunciar que algunas personas no
pueden elegir libremente dónde y cómo disfrutar del llamado séptimo arte,
debido a las exiguas (o directamente ausentes) condiciones de accesibilidad de
algunos cines de la ciudad, hecho denunciado en varias ocasiones, y que supone una grave vulneración de derechos, entre ellos, el derecho
al ocio y al tiempo libre.
Y sí, no erramos cuando decimos que se trata de un DERECHO.
El ocio es una experiencia humana libre, satisfactoria, un fin en
sí misma; se vivencia a través de diferentes ámbitos, como son la cultura, el
deporte, la recreación y el turismo. Y en ese sentido, puede entenderse como
elemento importante para el desarrollo personal y colectivo y, por tanto, como
necesidad y modo de expresión personal; es decir, el ocio favorece la calidad
de vida.
Hacer efectivo el Derecho al Ocio significa, entre otras cosas, garantizar
la vida comunitaria, el acceso a la cultura, el derecho a la fiesta, a lo
lúdico y recreativo, a los espacios naturales y a la acción solidaria.
No en vano, la Declaración Universal de los Derechos Humanos hace
una clara referencia al ocio y recoge algunas de sus manifestaciones más
significativas, como es el derecho explícito al descanso y al disfrute del
tiempo libre (art. 24), o el derecho a tomar parte en la vida cultural de la
comunidad y a gozar de las artes (art. 27.1).
Asimismo, a nivel nacional, el Derecho al Ocio y a sus distintas
manifestaciones quedan reflejados en el articulado de nuestra Carta Magna, como
por ejemplo, el art. 44.1 que señala “los poderes públicos
promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho”.
En resumen, el ocio es mucho más que cultura, turismo, deporte o
recreación, es un derecho humano fundamental. Lo mismo que la accesibilidad
universal, entendida como la condición que deben cumplir
los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos
o instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables
y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y
de la forma más autónoma y natural posible.
Cuando ambos derechos son considerados conjuntamente, se establece
una necesaria relación en la que si una no está garantizada, el otro no está al
alcance de todas las personas, especialmente de aquellas con algún tipo de
discapacidad.
Para evitar esa doble vulneración de derechos, existe un profuso
tejido normativo encabezado por la Convención de Naciones Unidas sobre los
Derechos de las Personas con Discapacidad, cuyos artículos 9 y 30 versan,
respectivamente, sobre el derecho a la accesibilidad universal y la participación
de las personas con discapacidad en la vida cultural, las actividades
recreativas, el esparcimiento y el deporte. Nunca está de más, cada vez que se
hace referencia a este marco normativo internacional, volver a recordar que
desde 2008 forma parte del ordenamiento jurídico español, siendo por tanto, de
obligado cumplimiento.
En el contexto estatal, el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29
de noviembre pretende garantizar el derecho a la
igualdad de oportunidades y de trato, así como el ejercicio real y efectivo de
derechos por parte de las personas con discapacidad en igualdad de
condicionesrespecto del resto de ciudadanos y ciudadanas, a través de la
promoción de la autonomía personal, de la accesibilidad universal, del acceso al
empleo, de la inclusión en la comunidad y la vida independiente y de la
erradicación de toda forma de DISCRIMINACIÓN. Y para
evitar que esa discriminación se deba a la falta de accesibilidad, establecía
el pasado 4 de diciembre de 2017 como fecha límite para que todos los espacios,
establecimientos y edificios construidos con anterioridad al 2010 realizaran
los “ajustes razonables” necesarios para que sean accesibles y por tanto inclusivos.
El cine es cultura y su disfrute una forma de OCIO. Pero algunos
cines de nuestra ciudad no son accesibles, ya que las empresas que los
gestionan no han acometido las obras para realizar los ajustes razonables
tendentes a garantizar la participación en igualdad de condiciones de toda la
ciudadanía. Vulneran, por tanto, el derecho al ocio al impedir la libre
elección de algunas personas a la hora de decidir dónde y cómo disfrutar del cine.
Ante la perspectiva de la entrega de los Premios Goya en Sevilla,
desde Eliminando Barreras nos preguntamos ¿por qué, por ejemplo, algunas personas
no podrán ver las películas
premiadas en el Avenida 5 Cines, Alameda Multicines o en el Cine Zona Este? ¿o
por qué tendrán que hacerlo en condiciones nada cómodas, y que nadie querría
para sí, en algunas salas del Nervión Plaza? ¿por qué se permite tal ilegalidad
y vulneración de derechos?
Sencillo: porque las administraciones
municipal, autonómica y central lo permiten, al no actuar contra los
innumerables incumplimientos que en materia de accesibilidad se
producen en todos los ámbitos, también en el acceso al ocio y con ello al cine.
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