viernes, 20 de julio de 2018

A/A ATENCIÓN EMISORAS DE TAXIS, ASOCIACIONES DE TAXIS, AYUNTAMIENTO DE SEVILLA Y A QUIEN SE DE POR ALUDIDO

Con este escrito la Asociación Eliminando Barreras pretende manifestar brevemente una serie de puntos que consideramos de interés para el mejor funcionamiento del colectivo taxis adaptados.

No es nuestra intención ejercer ningún tipo de presión, al contrario, pretendemos colaborar. Esto nos lleva a no hacer un listado de artículos de normativa, legislación, ni convenio marco pues somos conscientes de que los conocen y, en todo caso, pueden consultarlos.

PUNTOS A CONSIDERAR

1) Atender todas las llamadas que entren en la emisora a través de centralita.

2) Al ser una centralita el número no debe comunicar sino mantener la llamada en espera

3) Comunicar el número de licencia del conductor que realizará el servicio. Un conductor no puede rechazar un servicio. Es motivo de sanción.

4) Una vez confirmado lo expuesto en el punto anterior, comunicar el tiempo que tardará en llegar el vehículo que, lógicamente, en función del tráfico, variará levemente. 

5) Recordar que el servicio de taxis adaptados se creó para atender de manera prioritaria o preferente (según la norma que se consulte) para atender a personas con discapacidad.

6) Los servicios de “zonas periféricas”, como desde alguna emisora los han calificado, son servicios del término municipal de Sevilla, por tanto, deben ser atendidos en igualdad de condiciones. Por otra parte, esas zonas eran Bellavista, Alcosa, Sevilla Este, Bermejales, Pino Montano, … (más de la mitad de la población). Podemos nombrar la C/ Resolana, que no es zona periférica, en la que también han dejado a un cliente sin servicio después de confirmarlo (por poner un ejemplo). 

7) Reiterando el punto anterior, atender “servicios periféricos” (como alguien los ha definido), no implica un mayor coste para el usuario. Eso constituye un nuevo intento de discriminación y un trato no igualitario que, como mínimo, es anticonstitucional. ¿Discriminar al discriminado?

8) Un perro guía o un perro de asistencia, está autorizado para subir a un taxi cualquiera, mucho más a uno adaptado. Créannos cuando les decimos que son mucho más “humanos” que muchas personas.

9) Aunque los conductores de taxis se definen como trabajadores autónomos, no ponemos en duda que lo sean, prestan un servicio público y deben atenerse a la normativa y cumplir un horario que, aunque sea decidido por ellos, debe cubrir la demanda las 24 horas del día 365 días al año. Para eso están las asociaciones de taxistas, entre otras cosas, para organizar el servicio de sus afiliados.

10) Aunque el argumento es que el Ayuntamiento les obliga a conducir un taxi adaptado, esto no es cierto. El Ayuntamiento oferta una serie de licencias que solo podrán dedicarse al servicio taxi adaptado, pero nadie les obliga a aceptarlas; quien quiere compra esa licencia y quien no quiere no lo hace. Al adquirir la licencia se comprometen a cumplir un servicio con unas condiciones específicas. No usen esta circunstancia para entrar en la flota taxis adaptados y, una vez dentro, se nieguen a cumplir las mencionadas condiciones. Dicho coloquialmente, el que entra en ese colectivo, sabe a lo que va. En esta circunstancia hay dos opciones:
No adquirir licencia de taxi adaptado
Cumplir las normas y cubrir el servicio    

11) Absoluta necesidad de una emisora única, pública, tal como contempla el Convenio-Marco, y que ya está presupuestada (CUMPLAN LO QUE FIRMARON TODOS LOS IMPLICADOS).

No hay comentarios:

Publicar un comentario